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Ser máximo responsable en la JEP: una determinación procesal, no una condena

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) opera bajo un sistema de justicia transicional que asigna responsabilidades a los comparecientes mediante la autodeterminación de hechos y conductas. A diferencia de la justicia penal ordinaria, en la JEP no se habla de imputados, sino que se establecen responsabilidades que pueden recaer en máximos responsables o partícipes no determinantes, cuando son seleccionados para la imposición de sanciones.

Desde la Corporación Defensoría Militar, es fundamental aclarar que la selección como máximo responsable en un Auto de Determinación de Hechos y Conductas (ADHC) de la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SRVR) no implica una condena ni establece culpabilidad. Es una decisión procesal que determina un presunto rol dentro de los hechos investigados y da paso a la siguiente etapa del procedimiento.

¿Qué ocurre después de la selección como máximo responsable?
Los comparecientes seleccionados como máximos responsables tienen dos caminos dentro del proceso en la JEP:

Aceptar la responsabilidad: En este caso, el compareciente reconoce los hechos, aporta a la verdad y asume compromisos de reparación. Esto le permite acceder a las sanciones propias de la justicia transicional.

No aceptar la responsabilidad: Si un compareciente no acepta la responsabilidad atribuida en el ADHC, su caso es remitido a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP para una investigación formal. Si existen elementos suficientes, será sometido a un juicio adversarial, en el cual se evaluará su culpabilidad o inocencia bajo los principios de contradicción y derecho a la defensa.

¿Cómo se determina un máximo responsable?
En la JEP, una persona puede ser considerada máximo responsable bajo dos modalidades:

Por liderazgo: Aquellos que tenían una posición jerárquica—de jure (formalmente reconocida) o de facto (de hecho)—y que ejercían dominio sobre los patrones de macrocriminalidad.

Por participación determinante: Aquellos que, sin ocupar un cargo de liderazgo, jugaron un papel clave en la comisión de los crímenes, de tal forma que sin su intervención estos no se habrían ejecutado dentro del patrón macrocriminal identificado.

Garantías dentro del proceso
La selección como máximo responsable no significa que la persona haya sido condenada, sino que es un paso dentro del proceso de esclarecimiento y judicialización en la JEP. Desde la Corporación Defensoría Militar, reiteramos la importancia de garantizar el debido proceso, la presunción de inocencia y el derecho a la defensa de todos los comparecientes, así como de promover un sistema de justicia transicional que respete los derechos fundamentales de quienes participan en él.

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