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¿Qué deben hacer los militares al ubicar en un reten a una persona con orden de captura activa?

En medio de los complejos escenarios que enfrentan los militares en Colombia hoy en día, es crucial que los procedimientos se realicen conforme a la legislación nacional y la doctrinas militar. Esto es especialmente relevante en las acciones de control militar com los retenes o puestos de control, donde la posibilidad de encontrar personas con órdenes de captura activa es una realidad constante.

Según la legislación vigente y los manuales militares colombianos, cuando un integrante de la Fuerza Pública encuentra a una persona con una orden de captura activa, debe proceder con la aprehensión y poner al individuo a disposición de la autoridad competente, ya sea la Policía Nacional o la Fiscalía General de la Nación. Este proceso está detallado en el manual 3-41 relativo al derecho operacional para las Fuerzas Militares, que proporciona un marco claro para estas situaciones.

En los contextos excepcionales de dialogos con grupos al margen de la ley, es esencial que los militares estén al tanto de las suspensiones de órdenes de captura, sin embargo, es importante destacar que dichas suspensiones se aplican únicamente a los representantes de estas estructuras, según lo dispuesto por la ley 1941 de 2018 y su modificación en la ley 2272 de 2022.

La situación se complica aún más si el individuo encontrado en el retén está en posesión de armas, estupefacientes u otros indicativos de la comisión de un delito. En estos casos, la ley 906 de 2004 permite la captura en flagrancia. Aunque los militares no tienen funciones de policía judicial, su rol como ciudadanos y su misión constitucional de defensa del orden los facultan para realizar capturas en estas circunstancias.

¿Qué pasa si los militares no realizan la captura de una persona con orden de captura activa?

No proceder con la captura cuando es necesario puede acarrear graves consecuencias jurídicas para los militares, incluyendo riesgos penales y disciplinarios. La omisión en estos casos puede constituir un delito contra la administración pública y resultar en acusaciones de prevaricato por omisión. Adicionalmente, en términos disciplinarios, los militares están sujetos a normas de conducta estrictas que incluyen el deber de cumplir y hacer cumplir las decisiones judiciales y administrativas sin extralimitarse en sus funciones.

Las faltas graves o gravísimas, según la ley 1862 de 2017, abarcan desde no denunciar conductas delictivas hasta recibir beneficios de actividades ilícitas. Por tanto, es fundamental que los militares actúen siempre conforme a la Constitución Política, las leyes y los reglamentos, asegurando que sus acciones no sólo sean legales, sino también éticamente correctas.

En conclusión, la Corporación Defensoría Militar destaca la importancia de que todos los integrantes de la Fuerza Pública estén bien informados y actúen de acuerdo con la legislación vigente en todas las situaciones operacionales. Esto no sólo protege los derechos de los ciudadanos, sino que también asegura que los militares cumplan con su deber sin incurrir en riesgos jurídicos innecesarios.

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